BASES LEGALES KISS THE PLANET – COSTA RICA 2025
Primera.- Compañía Organizadora
KISS FM (RADIO BLANCA, S.A.) tiene previsto realizar una promoción de ámbito nacional con la finalidad de promover sus emisiones de RADIO ubicadas en este territorio a través de su página web www.kissfm.es y premiar a sus oyentes y que se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases.
Segunda.- Fechas de celebración
El periodo de participación abarcará desde el 30 de abril de 2025 hasta el 14 de mayo de 2025.
Tercera.- Derecho a participar
Podrán participar en la promoción todos aquellos oyentes de KISS FM en todo el territorio nacional español, que cumplan con los siguientes requisitos: ser mayor de 18 años en el momento de su participación, residir en España y contar con nacionalidad española, es decir poseer pasaporte español.
No podrán participar en la promoción aquellas personas vinculadas laboral o profesionalmente con el GRUPO KISS MEDIA así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Este mismo criterio se aplica a aquellas personas vinculadas laboral o profesionalmente con el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) o su agencia de representación en España (Newlink), así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Tampoco podrán participar en el sorteo los asistentes al evento invitados o contratados por parte de la agencia de representación.
La participación es gratuita (sin perjuicio de que el ganador esté sujeto a los tributos correspondientes por el premio ganado).
Cuarta.- Método de participación
Para participar, el interesado debe acceder a KISSFM.ES y rellenar el formulario de inscripción. Con criterio subjetivo, el equipo de KISS THE PLANET seleccionará los participantes que consiguen acceso al evento en Madrid del próximo 19 de mayo.
Entre estos asistentes, mediante la asignación a la llegada de un número mediante papeleta física, se seleccionará un ganador final. Todas las plicas de las papeletas repartidas se introducirán en una urna de la que una “mano inocente” elegida en el evento sacará aquella con el número ganador mediante sustracción de la papeleta
Quinta.- Descripción del premio.
El ganador recibirá como premio:
El Premio consistirá, única y exclusivamente, en BILLETES DE AVIÓN de ida y vuelta a Costa Rica para una (1) persona y su acompañante.
El valor del Premio asciende a la suma de los importes de los cuatro billetes de avión, dependiendo de la oferta en el momento de la compra de los mismos.
Los billetes serán con ida desde el aeropuerto Madrid-Barajas Adolfo Suárez al Aeropuerto Juan Santamaría-Alajuela en San José (Costa Rica), con partida y llegada a los mismos aeropuertos mencionados.
Quedan expresamente excluidos del Premio los conceptos que se relacionan a continuación, que deberán ser asumidos de forma íntegra por el Ganador (o, en su caso, el suplente) y su acompañante:
· Pago de maletas adicionales a la tarifa base para cualquiera de los vuelos.
· Alojamientos.
· Seguro de viaje para cualquiera de los viajeros. Se recomienda al ganador y su acompañante la contratación de un seguro de viaje, siendo su responsabilidad la efectiva contratación o no del mismo.
· Transportes hasta-desde los aeropuertos de origen y destino mencionados anteriormente.
· Cualquier impuesto que deban abonar el Ganador y su acompañante con motivo del desplazamiento diferente de los incluidos en el coste de los billetes de avión.
· Prueba COVID-19 para su regreso a España (en caso de que sea requerida).
· El Ganador (o, en su caso, el suplente) y su acompañante serán los únicos responsables de cumplir con todos los requisitos sanitarios, de seguridad y migratorios que exijan las autoridades de los países de origen y/o destino, incluidos, entre otros, requisitos de cuarentena o certificados de vacunación.
· Cualquier otro gasto no indicado en este apartado, y distinto del propio Premio.
El Ganador (o, en su caso, el suplente) podrá determinar libremente las fechas del viaje desde el momento en que se le comunique la concesión del Premio, y tendrá una validez de un (1) año desde dicho momento. Transcurrido dicho periodo, el Premio se considerará caducado, y no existirá obligación de proporcionarlo.
El Ganador (o, en su caso, el suplente) y su acompañante (que debe ser mayor de edad) deben viajar juntos, tanto en el viaje de ida como en el de vuelta. Adicionalmente, ambos deben ser mayores de edad; en la medida en que este premio es exclusivamente para adultos, no se permiten menores como acompañantes.
El Ganador (o, en su caso el suplente) y su acompañante (que debe ser mayor de edad) deben tener pasaporte válido al tiempo del viaje de ida, con una vigencia superior a los 6 meses desde la fecha de regreso.
En cualquier caso, y a los efectos de la designación de las fechas de viaje, quedan bloqueados y descartados de posibilidad los siguientes periodos:
• Del 1 de julio al 31 de agosto de 2025, ambos inclusive.
• Del 1 de diciembre de 2025 al 15 de abril de 2026
• Semana Santa 2026 (según calendario)
Una vez emitidos los billetes que integran el Premio, cualquier cambio o cancelación por parte del Ganador (o, en su caso, el suplente) una vez confirmadas las fechas del viaje, que pueda suponer el pago de importes adicionales, correrán a cargo del mismo. Cualquier ajuste o cambio (incluyendo cambio de nombre en el vuelo del acompañante) que suponga la imposición de alguna penalización deberá ser asumido por el Ganador.
Ni Kiss FM ni ICT (Instituto Costarricense de Turismo) serán responsables de ninguna pérdida o daño personal o material sufrido (incluidos, entre otros, pérdidas de cualesquiera objeto y/o daños directos e indirectos) en relación con la participación en el Sorteo o con el Premio, ni por ninguna pérdida derivada del incumplimiento de un tercero de las obligaciones asumidas en virtud de las presentes Bases ni de cualesquiera otros documentos relativos al Sorteo.
Ni Kiss FM, ni ICT (Instituto Costarricense de Turismo) serán responsables por cualquier alteración, cancelación o retraso en los vuelos proporcionados por la aerolínea, debiendo el ganador y su acompañante tratar directamente con la aerolínea cualquier incidencia relacionada.
Ninguno de los Premios es transferible, y no podrá ser canjeado por dinero en metálico ni por ningún otro servicio o producto.
Entrega del Premio
El Premio será entregado en formato digital, mediante envío a través del correo electrónico que el Ganador (o en su caso, el suplente) por Newlink (agencia de representación del ICT) en el momento de aceptación del Premio.
KISS FM se reserva el derecho de modificar las condiciones del premio por motivos ajenos a su voluntad o de disponibilidad, siendo sustituido por un premio de igual o superior valor.
Los premios serán personales e intransferibles. Bajo ningún supuesto el premiado podrá designar a otra persona como beneficiaria del concurso. El premio no podrá ser canjeado por su importe en metálico.
Sexta.- Derechos de imagen
Los participantes autorizan a la empresa organizadora, RADIO BLANCA, S.A., a reproducir y utilizar sus nombres y apellidos y otros datos, así como su imagen, en cualquier actividad publi-promocional relacionada con la promoción en que ha resultado ganador sin que dicha utilización les confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado.
Los ganadores podrán ser requeridos a participar en directo durante la emisión de la programación de la emisora, comprometiéndose a su participación.
Séptima.- Protección de datos
Los datos de carácter personal que la concursante facilite a RADIO BLANCA, S.A. con ocasión de la celebración del presente Contrato serán incorporados a un fichero de datos de carácter personal del que es titular RADIO BLANCA, S.A. con CIF A79126082, registrado en la Agencia de Protección de Datos, creado y utilizado por el titular con la finalidad de realizar actividades promociónales, comunicaciones comerciales, y acciones de marketing en general.
El titular autoriza expresamente a RADIO BLANCA, S.A a fin de que dichos datos puedan ser cedidos a terceros que formen parte del Grupo de Empresas a que RADIO BLANCA pertenece, con la finalidad antes señalada.
Los datos personales facilitados serán objeto de tratamiento con arreglo a las prescripciones de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal y con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos o RGPD).
El concursante podrá solicitar el acceso a sus datos personales, su rectificación, su supresión, su portabilidad y la limitación de su tratamiento, así como oponerse al mismo dirigiéndose por correo a RADIO BLANCA, S.A. C/ José Isbert 8, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), o bien vía email a kissfm@kissfm.es.
Octava. – Condiciones Generales
KISS FM se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del presente Concurso. En caso de que KISS FM tenga una sospecha razonable de que un participante a haya incurrido en fraude o deshonestidad, o no cumpliera los requisitos para concursar, podrá descalificarlo, negarse a abonar el Premio que le corresponda o reclamar todas las cantidades abonadas por el Premio.
La participación en el presente Concurso tendrá carácter gratuito, de manera tal que para participar en el mismo no es necesario el desembolso de cantidad dineraria alguna.
De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias cuyo valor supere los 300 € están sujetos a un ingreso a cuenta/retención. En consecuencia, el Premio obtenido quedará sujeto a las pertinentes obligaciones fiscales que les correspondan. La retención o ingreso a cuenta a aplicar sobre los premios cuyo valor exceda de 300 euros es de un 19% sobre la base de retención, siendo la base de retención, en el caso de premios consistentes en la entrega de bienes y servicios, su valor o el coste que le haya supuesto a la empresa organizadora, incrementado en un 20%. Dicho ingreso a cuenta/retención correrá a cargo de RADIOBLANCA, enviándose al concursante un certificado por el importe del premio y las retenciones pertinentes, a fin y a efecto de que el ganador pueda integrar en su base imponible el valor del premio más el ingreso a cuenta. Las repercusiones fiscales que la obtención del premio tenga en la fiscalidad del agraciado, serán por cuenta de éste, por lo que, RADIO BLANCA quedará relevadas de cualquier responsabilidad.
RADIO BLANCA no se responsabiliza del uso del/los Premio(s) por parte de su ganador y/o acompañante, y no asumen responsabilidad alguna por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudieren sufrir el ganador, participantes o terceros.
La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales que tengan esos efectos.
El disfrute del Premio es a cuenta y riesgo del agraciado, sin que RADIO BLANCA, o el resto de las empresas participantes en el concurso, tengan responsabilidad alguna sobre ese uso, si bien se reserva las acciones para salvaguardar su buena imagen en el mercado.
RADIO BLANCA no será en ningún modo responsable de los incumplimientos o infracciones de ningún tipo relacionados con ésta promoción, eximiéndose de cualquier tipo de responsabilidad por las posibles pérdidas sufridas por los participantes en relación con el Premio y demás aspectos e este concurso.
Asimismo, RADIO BLANCA no tendrá ninguna responsabilidad sobre el Ganador o su acompañante derivada de cualquier daño o perjuicio que estos pudieran sufrir durante o como consecuencia del viaje realizado.
En cuanto al disfrute del premio, RADIO BLANCA, la agencia de representación, y el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) quedarán totalmente exentas de responsabilidad alguna si el ganador llegase tarde o por causas imputables a terceros (huelgas, cancelación de viajes, ….);
El concurso se rige por la legislación vigente en España y por las presentes bases. Asimismo, para cuantas controversias puedan derivarse de la interpretación de las mismas, las partes se someten a la jurisdicción y fuero de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Novena.- Aceptación de las bases
Las bases de la promoción estarán a disposición de cualquier interesado en la página web de la emisora www.kissfm.es.
RADIO BLANCA se reserva el derecho de modificar estas bases en forma total o parcial comprometiéndose en ese caso a dar a dichas modificaciones el mismo grado de publicidad que a las presentes bases.
Todos los participantes en el concurso, por el simple hecho de la participación, aceptan las bases de esta promoción.

